Regl. 3857, art. V

Derechos a ser Salvaguardados

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Cite as Reglamento Núm. 3857, Art. V

En todo procedimiento adjudicativo ante la Corporación se salvarguardarán los siguientes derechos: 1. derecho a notificación oportuna de los cargos, querellas O reclamos en contra de una parte. 2. derecho a presentar evidencia. 3. derecho a una adjudicación imparcial. 4. derecho a que la decisión sea basada en el expediente.
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