Regl. 9177, art. I-61

- TIPOS DE ASIGNACIONES

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Cite as Reglamento Núm. 9177, Art. I-61

1. Asignaciones por el Administrador El Administrador realizará asignaciones originales o discrecionales. Las asignaciones originales son aquellas realizadas por el Administrador una vez se adquiere el vehículo, tomando en consideración el origen y propósito de los fondos utilizados para adquirir la misma. Estos vehículos serán asignados a las agencias para la cual se adquirieron mediante la cumplimentación y presentación en el Programa de Transporte de los formularios suministrados para ello. Los vehículos de asignaciones originales que se adquieran para las agencias, serán responsabilidad del receptor de la agencia peticionaria, quien verificará que el vehículo o vehículos entregados cumplen con las especificaciones, condiciones y términos solicitados en la compra o subasta correspondiente y la reglamentación que aplique. Las asignaciones discrecionales son aquellas que el Administrador realiza a favor de una agencia o funcionario distintos al que se le asignó el vehículo originalmente. También se le llama asignación discrecional a la realizada a otra rama del Gobierno de Puerto Rico o a terceras personas, luego de que el vehículo haya sido entregado por una agencia a la cual se le asignó originalmente o haya advenido al Gobierno de Puerto Rico por cualquier otro medio de adquisición. Estos vehículos también serán asignados a las agencias para la cual se adquirieron mediante la cumplimentación en el Programa de Transporte del formulario o formularios suministrados para ello. 2. Asignaciones por Gerente de Transporte El Gerente de Transporte realizará las asignaciones internas de los vehículos que el Administrador asignó a la agencia para la cual trabaja, conforme a: a. Origen la asignación original con que haya venido el vehículo a la agencia; el propósito para el cual originalmente se adquirió; los fondos con los cuales se adquirió; y el programa de la agencia para el cual se adquirió. b. Política interna las instrucciones que a esos fines le haya impartido el jefe de la agencia, de acuerdo con las necesidades de transportación de la agencia que interese resolver. c. Tipo de vehículo de acuerdo cuan idóneo es el vehículo para cumplir con la actividad de 31 transporte a la que se quiera dedicar, por ejemplo: transportación de equipo y materiales pesados; transportación de personas; transportación de documentos o servicio de mensajería y correo; o emergencias, entre otros.
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