Regl. 9177, art. V-40

- NOTIFICACIÓN SOBRE MULTAS

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Cite as Reglamento Núm. 9177, Art. V-40

Todo conductor al que se la haya expedido una multa o mantiene un plan de pago de multa con el Departamento de Transportación y Obras Públicas, la Agencia Federal de Aviación o por el Departamento de Recursos Naturales y Ambientales, según sea el caso, notificará de ello inmediatamente a la Administración.
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