Regl. 9177, art. V-40
- NOTIFICACIÓN SOBRE MULTAS
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Cite as Reglamento Núm. 9177, Art. V-40
Todo conductor al que se la haya expedido una multa o mantiene un plan de pago de multa con el
Departamento de Transportación y Obras Públicas, la Agencia Federal de Aviación o por el Departamento
de Recursos Naturales y Ambientales, según sea el caso, notificará de ello inmediatamente a la
Administración.