Regl. 9177, art. V-43
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Cite as Reglamento Núm. 9177, Art. V-43
El Administrador establecerá la polÃtica sobre la administración y uso de los vehÃculos y a esos fines,
podrá modificar o revisar cuando asà lo crea conveniente mediante la emisión de órdenes o resoluciones
administrativas debidamente aprobadas, las cuales se harán formarán parte de este Reglamento.