Regl. 9180, art. III-3.3 dup2

Personal probatorio

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Cite as Reglamento Núm. 9180, Art. III-3.3 dup2

A. Será probatorio el empleado nombrado o ascendido para ocupar un puesto regular, por el período de prueba establecido para la clase de puesto que ocupa, excepto que expresamente se disponga lo contrario en este Reglamento. B. Normas para los Probatorios 1. El empleado será orientado y adiestrado durante el periodo probatorio. 2. El trabajo del empleado será evaluado durante el periodo probatorio conforme a las normas establecidas. 3. Cualquier empleado podrá ser separado de su puesto en el transcurso 0 al final del periodo probatorio si se determinara que su desempeño y adaptabilidad a las normas del Departamento no han sido satisfactorias. La separación se efectuará mediante una comunicación oficial que le será entregada al empleado. Todo empleado del servicio de carrera en el Departamento que no apruebe el periodo probatorio correspondiente y hubiese sido empleado regular inmediatamente antes, tendrá derecho a que se reinstale en un puesto de la misma clase 0 similar al que ocupaba con carácter regular. 4. Si el empleado con status probatorio hubiese desempeñado satisfactoriamente los deberes de un puesto de la misma clase mediante nombramiento transitorio, el periodo de servicios prestados le será acreditado al periodo probatorio correspondiente. 5. Si el empleado nombrado se hubiese desempeñado satisfactoriamente en una clase de puesto con carácter interino, el tiempo de servicios correspondiente al interinato le podrá ser acreditado al periodo probatorio, de haber concurrido las siguientes circunstancias: a. Que el empleado hubiese sido designado oficialmente para desempeñar el referido puesto interinamente; b. Que al momento de tal designación el empleado reúna los requisitos mínimos requeridos para el puesto; 66 c. Que durante el interinato, el empleado hubiese desempeñado todos los deberes del puesto. 6. Las evaluaciones que se realicen a empleados en período probatorio serán discutidas con estos antes de que sean finales y oficiales. Se le solicitará al empleado que las firme y, de este negarse a hacerlo, el supervisor que emite la evaluación hará la anotación correspondiente, haciendo constar que la misma fue discutida con el empleado y las razones que este adujo para no firmarla. 7. Todo empleado que apruebe satisfactoriamente el periodo probatorio pasará a ocupar el puesto con status regular.
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