Regl. 9180, art. II-2.9
Proceso de Selección
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Cite as Reglamento Núm. 9180, Art. II-2.9
A. El superintendente regional establecerá un calendario de entrevistas para el
reclutamiento del personal docente, el cual se deberá mantener actualizado y en un
lugar visible. Los candidatos serán citados de acuerdo con ese calendario.
B. Los candidatos elegibles serán citados a entrevista por estricto orden de turnos. La
citación para entrevista indicará la categorÃa del puesto, fecha, hora y Jugar de la
entrevista. Esta se enviará mediante correo electrónico, con un mÃnimo de tres dÃas
calendario de antelación a la fecha de la entrevista. El término de los tres dÃas
comenzará a contar al dÃa siguiente del envÃo del correo electrónico. En aquellos casos
en los cuales el candidato no registró una dirección de correo electrónico, se le
convocará mediante llamada telefónica 0 por correo postal. No se podrá realizar la
entrevista antes de haben transcurrido los tres dÃas aquà mencionados.
C. Cuando exista una necesidad urgente de contratar a un personal docente, el
superintendente regional 0 su representante autorizado podrá conducir las entrevistas
mediante llamada telefónica. Estas se realizarán mediante el uso del Registro de
Elegibles en estricto orden de turno.
D. En los casos descritos en el inciso anterior, se le indicará al candidato el número de
puesto, categorÃa, estatus, escuela y municipio de ubicación. No será necesaria la
notificación de esta con tres dÃas de antelación, sino que la acción podrá llevarse a cabo,
inmediatamente. Se llevará un registro detallado de las llamadas que se realicen. El
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registro incluirá: fecha de la llamada; el nombre del candidato entrevistado; su
identidad debidamente validada; si el candidato aceptó 0 rechazó el ofrecimiento del
puesto. De no localizar al candidato que le corresponda mediante llamada telefónica y
según el estricto orden de turno, se procederá a citar de conformidad con lo establecido
en el inciso B de esta sección.
E. La selección del personal docente con funciones de enseñanza y de apoyo a la docencia
se llevará a cabo por la Oficina de Transacciones de Personal de la ORE, de acuerdo con
el orden estricto en el Registro de Turnos y las necesidades del servicio.
Una vez seleccionado el candidato, se le informará sobre los documentos que deberá
someter, asà como todo trámite correspondiente y los términos para completarlos.
F. De incumplir el candidato con la entrega de documentos en los términos establecidos,
será considerado como un candidato que declinó la oferta de empleo y se continuará el
proceso de selección de personal.