Regl. 9180, art. IV-4.2

Deberes del Supervisor

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Cite as Reglamento Núm. 9180, Art. IV-4.2

A. Además de cumplir con las obligaciones que corresponden a todos los empleados y las impuestas por las leyes, reglamentos y directrices que rigen el Departamento, y procurar el cumplimiento de dichas obligaciones de parte de quienes están bajo su supervisión, los empleados con estos deberes deberán observar las siguientes normas: 1. Asumir la responsabilidad por las labores que se realizan bajo su dirección, tomar decisiones e impartir instrucciones oportunas conforme a la autoridad a estos conferida, previniendo que haya alguna falta 0 interrupción del servicio 0 consecuencia negativa para el sistema, los empleados 0 los estudiantes. Il 2. Asegurar que los empleados bajo su supervisión cumplan con las disposiciones legales y reglamentarias que rigen el Departamento y sigan el plan de trabajo que se les asígne. En caso de incumplimiento, deberá tomar las medidas correctivas que las circunstancias requiren dentro del marco de la autoridad a estos conferida y, de ser necesario, informará a sus superiores verbalmente 0 por escrito de anomalías, incidentes, accidentes 0 situaciones que requieran atención inmediata por supervisores de mayor jerarquía. 3. Dirigir a los supervisados de forma diligente y previsora, para que su oficina 0 área logre las metas, según establecidas en el plan estratégico del Departamento. A su VCZ, deberá esforzarse por maximizar el uso de los recursos, velar por la seguridad de las personas y de los bienes que tiene a cargo mediante la oportuna planificación presupuestaria, el manejo adecuado de los fondos asignados y la reducción de gastos en servicios contratados. 4. Ejercer la autoridad que se le ha conferido de manera justa, con arreglo a las normas de respeto al derecho y a la dignidad que, como personas, tienen los empleados a quienes dirige y supervisa. 5. Planificar el trabajo de sus supervisados y reunirlos periódicamente para analizar si están cumpliendo con los objetivos de la unidad y de lo contrario, establecer medidas que fomenten el cumplimiento de tales objetivos, incluyendo planes de trabajo para cada proyecto y planes de apoyo para los empleados que así lo necesiten. 6. Evaluar periódicamente y de forma justa e imparcial la labor de sus supervisados y preparar los informes que se le requieran para certificar el desempeño de estos, de conformidad con las normas que para ello se establezcan. 7. Informar a la Secretaría Auxiliar de Recursos Humanos del Nivel Central (en adelante, la "SARII", por sus siglas) o a la Oficina de Transacciones de Personal de la Oficina Regional Educativa, según corresponda, antes de finalizar el año escolar, quiénes de sus supervisados se habrán de retirar en el próximo año escolar, así como la fecha estimada de retiro, de conformidad con las directrices impartidas al respecto. 8. Evaluar objetivamente y conforme a la normativa vigente, cuáles empleados son necesarios para SU unidad de trabajo, según los planes y metas establecidos y recomendar cambios de personal, según la necesidad de servicio. Este mecanismo no se podrá utilizar como subterfugio para recomendar cambios cuyo objetivo sea uno distinto a una necesidad real de servicios. Tampoco podrá ser utilizado como mecanismo de acción disciplinaria 0 para discriminar contra el empleado. 9. Cumplir con todas aquellas responsabilidades que resulten inherentes 0 que razonablemente estén relacionadas a su cargo, informando de manera proactiva a su supervisor inmediato. 12
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