Regl. 9180, art. V
VIGENCIA
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GOBIERNO DE PUERTO RICO
DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN
ПАТО REY, PUERTO RICO
REGLAMENTO DE PERSONAL DEL DEPARTAMENTO
DE EDUCACIÓN DE PUERTO RICO
PREÁMBULO
Mediante la Ley Núm. 85-2018, conocida como "Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico",
este pueblo ha declarado su firme deseo y aspiración de que sus hijos reciban una educación
de calidad superior que los prepare y capacite para que en el día de mañana estén en
condiciones de ganarse la vida de forma digna, y puedan proveer para sus necesidades
materiales, intelectuales y morales. Para la ejecución de sus aspiraciones, el pueblo de Puerto
Ríco ha ordenado al Secretario del Departamento de Educación de Puerto Rico ("Secretario")
que, entre otras, establezca los reglamentos, normas, órdenes 0 directrices apropiadas para
lograr que el estudiante, como figura protagónica de todo el Sistema de Educación Pública
("Sistema"), reciba la enseñanza a la cual tiene derecho.
Los empleados docentes y no docentes del Departamento de Educación de Puerto Rico
("Departamento") son figuras esencíales e indispensables para cumplir con los objetivos
ordenados por la Ley Núm. 85-2018. Por esta razón se hace necesario establecer un
reglamento de personal que tutele y proteja el objetivo y deber principal de proveer
educación de calidad superior al estudiante y que, a su vez, reconozca y respete la dignidad
que ostentan y merecen los empleados del Departamento. Todo ello, en cumplimiento con la
realidad jurídica que nos rige.
CAPÍTULO I: DISPOSICIONES GENERALES