Ley 223-2000 art. 4

Artículo 4.

Year: 2000Length: 46 wordsOfficial source
Los fondos autorizados mediante la presente Ley serán asignados, distribuidos y utilizados por la Corporación de Puerto Rico para la Difusión Pública, para sufragar los gastos de producción y de programación de telenovelas o miniseries televisivas y garantizar la continuidad anualmente de programas de esta naturaleza.
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