Ley 230-1942 art. 1

Artículo 1.

Year: 1942Length: 202 wordsOfficial source
Siempre que se emplee en esta ley: “Certificado de empleo” Significará un certificado otorgado por un oficial debidamente autorizado por el Secretario del Trabajo y Recursos Humanos permitiendo el empleo de un menor de acuerdo con las disposiciones de esta ley. “Certificado de edad” Significará un certificado otorgado a solicitud de cualquier persona mayor de dieciocho (18) años demostrativo de la fecha de nacimiento y edad de la persona solicitante. “Menor” Significará cualquier niño de uno u otro sexo menor de dieciocho (18) años de edad. “Patrono” Significará cualquier persona natural o jurídica, ya sea principal o agente que emplee a un menor. “Ocupación lucrativa” Incluye toda obra y todo trabajo en factorías, molinos, centrales, talleres de maquinarias, establecimientos, sitios de cualquier clase donde haya una fábrica o empresa mecánica; en almacenes, tiendas, establecimientos y sitios de cualquier clase donde se realicen operaciones mercantiles; en fincas, haciendas, estancias u otros sitios de cualquier clase, en las cuales se dirijan empresas agrícolas de horticultura o pastoreo, y en toda empresa de minería o pesquería. Rev. 15 de abril de 2024 www.ogp.pr.gov Página 1 de 15 Ley de Empleo de Menores en Ocupaciones Lucrativas [Ley 230 de 12 de mayo de 1942, según enmendada]
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