Ley 228-2003 art. 4

Artículo 4. Reglamentación

Last amended: 2003Year: 2003Length: 106 wordsOfficial source
Por la presente se autoriza al Departamento de Agricultura a adoptar reglamentos para poner en vigor las disposiciones de esta Ley. El reglamento que se promulgue deberá establecer un esquema de cobros por la radicación de cobros por la radicación de solicitudes para Certificación y cargos por la expedición de la Certificación. El Secretario podrá fijar, en su discreción, el cobro de un 1 % de la venta de todo producto orgánico para así sufragar los costos de la creación y operación del programa que aquí se implanta. Se crea un fondo especial para ser utilizado por el Departamento de Agricultura para los propósitos aquí [sic].
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