Ley 233-2018 art. 4
Artículo 4.
El Secretario de Educación, o la persona designada por éste, llevará a cabo un estudio relacionado al total de escuelas a impactarse y la cantidad de terreno disponible para los propósitos esbozados en esta Ley. Así mismo, dicho estudio incluirá la pertenencia de dichos terrenos con el propósito de establecer los acuerdos colaborativos esbozados en el Artículo 3. Ley para Establecer como Política Pública Separar Predios de Terreno Propiedad de Agencias y Dependencias para Utilizarse como Fincas o Huertos Escolares Mediante Acuerdos Colaborativos con el Depto. de Educación [Ley 233-2018]