Ley 247-2010 art. 4.6

Artículo 4.6. Renovación de licencia

Last amended: 2010Year: 2010Length: 145 wordsOfficial source
(a) Además de lo dispuesto en el Artículo 2.5 del Capítulo 2 de esta Ley, cada solicitud de renovación para dedicarse al negocio de corretaje de préstamos hipotecarios deberá acompañarse de los derechos de licencia anual ascendentes a mil ochocientos setenta y cinco dólares ($1,875.00) por cada oficina, si el volumen de negocios realizado en ésta es igual o mayor de cinco millones de dólares ($5,000,000.00) o mil dólares ($1,000.00) cuando el volumen de negocios realizado sea menor de cinco millones de dólares ($5,000,000.00) y de el (los) cargo(s) de procesamiento de la solicitud, establecidos por el NATIONWIDE MORTGAGE LICENSING SYSTEM AND REGISTRY a la fecha de la presentación, mediante pago hecho a través de esa entidad. (b) La solicitud de renovación deberá incluir estados financieros que demuestren su cumplimiento con los activos mínimos requeridos en el inciso (a) del Artículo 4.2. de este Capítulo.
Ley 247-2010 art. 4.6: Artículo 4.6. Renovación de licencia | Justis AI