Ley 26-1941 art. 81

Artículo 81. Definiciones

Last amended: 2019Year: 1941Length: 169 wordsOfficial source
[Nota: La Ley 40-2019 añadió este Artículo y renumeró el anterior Art. 81 como 87] (a) Zona rural: para propósitos de este capítulo significará las zonas rurales de Puerto Rico, según definidas por los mapas de elegibilidad de la United States Rural Development de 2015 o los pueblos en las Zonas de Valor Agrícola establecidas por el Mapa Núm. 9 del Plan de Usos de Terrenos de 2015. (b) Mejoras Permanentes: se define como proyectos para la construcción y/o diseño de obras de distribución de agua potable, energía eléctrica, facilidades sanitarias, infraestructura de telecomunicaciones, facilidades recreativas, muros de retención de terrenos, obras pluviales, acueductos rurales, pozos profundos, facilidades para el tratamiento de aguas superficiales, plantas de desalinización, salones de clases, puentes, reparación y materiales de vivienda, cunetones, badenes, caminos, carreteras, mejoras geométricas viales, proyectos que faciliten el desarrollo agroturístico y proyectos según definidos por el Inciso (7) de la Sección 4050.09 de la Ley 1-2001, según enmendada, conocida como el “Código de Rentas Internas para un nuevo Puerto Rico.”
Ley 26-1941 art. 81: Artículo 81. Definiciones | Justis AI