Ley 284-2018 art. 1
Artículo 1. [1 L.P.R.A
§ 5303 Inciso (a)] Se declara el mes de enero de cada año como el “Mes de Concientización sobre Autoestima”, y el primer viernes del mes de enero de cada año como el “Día de la Concientización sobre Autoestima”, con el propósito de realizar una campaña orientada a concientizar sobre la importancia de una autoestima positiva como mecanismo para prevenir conductas antisociales y procurar la rehabilitación de la sociedad puertorriqueña.