Ley 291-2003 art. 3
Artículo 3. [1 L.P.R.A
§ 578 Inciso (c)] El panel recibirá nominaciones y recomendaciones sobre los candidatos que sean acreedores a recibir esta distinción, ya sea por iniciativa del sector público como del privado. Rev. 15 de abril de 2024 www.ogp.pr.gov Página 2 de 4 Ley del “Premio Anual de la Asamblea Legislativa al Servidor/a Público Destacado/a en el Campo de la Protección y el Bienestar de las Personas de Edad Avanzada” [Ley 291-2003]