Ley 273-2002 art. 5
Artículo 5.
Los criterios de selección de los internos del Programa obedecerán a la reglamentación que a esos efectos promulgue el Comisionado, tomando en consideración, entre otros criterios que entienda prudentes y razonables dicho funcionario, la preparación académica, calificaciones y materia de estudio, además de un sistema de clasificación de dichos internos y sus respectivas retribuciones.