US lawPuerto RicoStatutesLey para la Administración del Servicio de Jurado de Puerto RicoLey para la Administración del Servicio17Ley 281-2003 art. 17Artículo 17. VigenciaLast amended: 2003Year: 2003Length: 14 wordsOfficial source Esta Ley entrará en vigor a los ciento ochenta (180) días de su aprobación.PreviousLey 281-2003 art. 16