Ley 291-2003 art. 3
Artículo 3. [1 L.P.R.A
§ 578 Inciso (c)] El panel recibirá nominaciones y recomendaciones sobre los candidatos que sean acreedores a recibir esta distinción, ya sea por iniciativa del sector público como del privado.
Ley 291-2003 art. 3