Ley 2-1998 art. 3
Artículo 3. Creación del cargo
Se crea el cargo de Fiscal Especial Independiente, en adelante denominado el Fiscal Especial, que será nombrado de acuerdo a lo dispuesto en esta ley y que tendrá la encomienda de acudir a los Tribunales de Justicia, en representación del Gobierno del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, a instar las acciones criminales que procedan como resultado de las investigaciones que realice sobre los asuntos que se le asignen conforme a esta ley.