Ley 2-2011 art. 53
Artículo 53. Convenios para el recibo, reclusión, gastos de manutención y cuidado de personas detenidas
(3 L.P.R.A., Ap. XVIII, Art. 53) Se autoriza al Secretario a suscribir con el Secretario de Justicia de los Estados Unidos o su representante, aquellos convenios, pactos o contratos necesarios para regir todo lo referente al recibo, reclusión y gastos de manutención y cuidado de personas detenidas para investigación bajo las leyes federales de inmigración y naturalización.