Ley 326-2004 art. 5

Artículo 5. [2 L.P.R.A

Year: 2004Length: 91 wordsOfficial source
§ 140s Inciso (e)] El Premio consistirá de una bonificación económica por la suma de mil quinientos (1,500) dólares y un documento de reconocimiento firmado por los Presidentes de la Cámara de Representantes y del Senado de Puerto Rico. Este se entregará en ceremonia a celebrarse en los predios de la Asamblea Legislativa del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, durante el “Mes de la Niñez y de la Prevención del Maltrato de Menores”, que se celebre anualmente, de acuerdo con la Ley Núm. 211 de 28 de agosto de 2003.
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