Ley 355-1999 art. 2
Artículo 2. Declaración de Política Pública
El Gobierno de Puerto Rico mediante la aprobación de esta Ley, persigue implantar su política pública en el área de la industria de rótulos y anuncios como mecanismo de expresión social y a su vez en lo que respecta a la protección del consumidor y del entorno que rodea nuestras ciudades. En primer lugar, esta Ley deroga la Ley Núm. 427 de 13 de mayo de 1951, según enmendada, y las disposiciones de la Ley Núm. 81 de 30 de agosto de 1991, según enmendada, conocida como “Ley de Municipios Autónomos del Estado Libre Asociado de Puerto Rico de 1991” y de reglamentos promulgados al amparo de la misma, inconsistentes con lo provisto en esta Ley y las disposiciones de reglamentos promulgados, bajo otras leyes, aplicables a rótulos y anuncios. Además, esta Ley establece directrices uniformes, claras y específicas para la solicitud, trámite, consideración, aprobación y renovación de los permisos necesarios para instalar rótulos y anuncios. Esta acción es cónsona con la política pública de desreglamentación adoptada por esta administración. En segundo lugar, se establecen normas claras para regir la autorización e instalación de rótulos y la autorización e instalación de anuncios, tomando en consideración las características específicas de cada uno de éstos y a la vez protegiendo a los consumidores de prácticas Rev. 15 de abril de 2024 www.ogp.pr.gov Página 2 de 30 “Ley Uniforme de Rótulos y Anuncios de Puerto Rico de 1999” [Ley 355-1999, según enmendada] inescrupulosas de algunas personas que ofrecen servicios relacionados con la industria de rótulos y anuncios. En tercer lugar, mediante la aprobación de esta Ley es la intención del Gobierno de Puerto Rico actualizar nuestras normas para la utilización de rótulos y anuncios en Puerto Rico y promover la libertad de expresión mediante el uso efectivo de éstos, de tal forma que la industria de rótulos y anuncios en Puerto Rico pueda seguir desarrollándose a la par con los cambios y avances tecnológicos que ocurren en la industria a nivel mundial. De esta forma, estamos convencidos de que este sector continuará siendo una herramienta de desarrollo para nuestra economía, lo que redundará en el bienestar general del Pueblo de Puerto Rico. Es la intención del Gobierno de Puerto Rico proteger el derecho de los ciudadanos a la libre expresión no comercial y comercial mediante la promulgación de normas flexibles razonables y que se atemperen de tiempo en tiempo a los nuevos cambios tecnológicos que permitan el uso efectivo del medio de comunicación del rótulo y el anuncio. Por último, las disposiciones de esta Ley deberán ser interpretadas a favor de la concesión de autorizaciones para la instalación de rótulos y anuncios siempre y cuando no se ponga en riesgo la seguridad de nuestra ciudadanía.