Ley 32-2014 art. 10
Artículo 10. Cláusula de Separabilidad
En caso de que cualquier artículo, sección, parte, párrafo, inciso, norma o disposición de esta Ley sea declarada nula, inválida o inconstitucional, el resto de las disposiciones y partes que no lo sean permanecerán en vigencia y serán aplicadas hasta donde sea posible. Si su aplicación a cualquier persona o circunstancia fuese declarada nula, su nulidad no afectará otras disposiciones de la ley que puedan mantenerse en vigor sin recurrir a la disposición anulada.