Ley 33-2019 art. 13

Artículo 13. Permisos de Emisión

Last amended: 2019Year: 2019Length: 119 wordsOfficial source
Los permisos de emisión, constituyen un mecanismo de planificación y seguimiento para la integración de los objetivos de la presente Ley en las políticas sectoriales, deben concretarse de acuerdo con las recomendaciones del Comité de Expertos y Asesores sobre Cambio Climático. Mediante estos se aprueban la cantidad de emisiones de gases de efecto de invernadero que podrán ser emitidas por sector. Para ello debe considerarse, entre otros factores, el conocimiento científico, el impacto en los diferentes sectores y el potencial de reducción en cada uno de éstos, las circunstancias económicas y sociales, la competitividad, la política energética y los movimientos nacionales e internacionales atendiendo el cambio climático. Los mismos se emitirán cada tres (3) años para los distintos sectores.