Ley 38-2009 art. 2
Artículo 2. Propósito
El Gobierno de Puerto Rico tiene un interés apremiante en la salud y bienestar de todos sus ciudadanos, así como en mantener niveles altos de calidad en los recursos de agua existentes en su territorio. Debido a que la presencia de fosfatos en el agua es uno de los factores que afecta la calidad de las aguas de Puerto Rico, esta Ley busca disminuir dichos niveles. Por ello, es necesario requerirle a cualquier persona que fabrique, importe, distribuya, venda o use detergentes de lavado de ropa en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, que cumpla con un contenido máximo de fósforo por peso de 0.5%, (según la definición de “Cantidad Traza”), expresado como fósforo elemental.