Ley 373-2000 sec. 2
Sección 2. [23 L.P.R.A
§ 188y Inciso (b)] La Comisión Denominadora de Estructuras y Vías Públicas del Estado Libre Asociado de Puerto Rico y el Departamento de Transportación Obras Públicas tomarán las medidas necesarias para dar cumplimiento a las disposiciones de esta Ley.