Ley 3-2022 art. 4
Artículo 4. Definiciones
Dondequiera que se usen o mencionen en esta Ley los siguientes términos tendrán el significado que a continuación se indica, excepto cuando del contexto claramente se deduzca otro significado: (a) Policía de Puerto Rico – Significa el cuerpo de la Policía de Puerto Rico según creado por la Ley 20-2017, según enmendada, conocida como “Ley del Departamento de Seguridad Pública de Puerto Rico”. (b) Comisionado – significa el Comisionado(a) de la Policía de Puerto Rico. Rev. 15 de abril de 2024 www.ogp.pr.gov Página 2 de 7 “Ley del Programa de Prevención y Seguridad para las Víctimas de Violencia de Género” [Ley 3-2022] (c) Comandancias por Regiones Policíacas – Significa el cuerpo designado por el organigrama de la Policía de Puerto Rico bajo la supervisión del(de la) Comisionado(a) Auxiliar en Operaciones de Campo. (d) Comandante de Operaciones Regionales – Significa el(la) oficial de rango designado a comandar alguna de las cuatro regiones policíacas, a saber: Región 1 (Área de San Juan, Carolina y Fajardo); Región 2 (Utuado, Arecibo y Bayamón); Región 3 (Aguadilla, Mayagüez y Ponce); y la Región 4 (Aibonito, Guayama, Caguas y Humacao). (e) Unidad Especializada de Violencia Doméstica – Significa el Negociado de Violencia Doméstica y Hostigamiento Sexual de la Policía de Puerto Rico. (f) Integrante de la Policía de Puerto Rico – Significa el personal que directamente desempeña las tareas encaminadas a mantener el orden y proteger la vida y propiedad de los ciudadanos, en virtud de la Ley 20-2017, según enmendada, conocida como “Ley del Departamento de la Seguridad Pública”. (g) Policía Municipal – Significa los cuerpos de la Policía Municipal según las disposiciones contenidas en la Ley 107-2020, según enmendada, conocida como “Código Municipal de Puerto Rico”. (h) Integrante de la Policía Municipal – Significa el personal que directamente desempeña las tareas encaminadas a mantener el orden y proteger la vida y propiedad de los ciudadanos y del municipio, así como aquellas otras asignadas al Cuerpo en virtud de la Ley 107-2020, según enmendada, conocida como “Código Municipal de Puerto Rico”. (i) Comisionado Municipal – Significa el(la) Comisionado(a) de la Policía Municipal. (j) Oficial u oficiales – Significa los(las) comandantes, los(las) capitanes(as), inspectores(as), los(las) tenientes y los(las) sargentos de la Policía Municipal y de la Policía de Puerto Rico. (k) Poder Judicial – Significa la rama constitucional creada por el Artículo V de la Constitución del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, la cual administra el Tribunal General de Justicia compuesto por el Tribunal de Primera Instancia, el Tribunal de Apelaciones y el Tribunal Supremo de Puerto Rico. (l) Regiones Judiciales – Significa la distribución territorial establecida por el Poder Judicial para organizar la jurisdicción y competencia de los casos y controversias sometidos a su consideración. Específicamente, son trece (13) las regiones judiciales en el país: Aguadilla, Mayagüez, Ponce, Aibonito, Guayama, Humacao, Fajardo, Carolina, San Juan, Bayamón, Arecibo, Utuado y Caguas. (m) Jueza Administradora/Juez Administrador - Significa el Juez o Jueza designada por la Jueza Presidenta del Tribunal Supremo de Puerto Rico para dirigir y administrar una de las trece regiones judiciales del país. (n) Coordinador – Significa la Coordinadora o Coordinador de la Policía de Puerto Rico y la Policía Municipal en los casos pertinentes, en las distintas regiones o municipios para cumplir con la presente Ley. Los coordinadores o coordinadoras podrán ser los Oficiales de Enlace de la Policía de Puerto Rico o la Policía Municipal, adscritos a las Salas de Investigaciones o Salas Especializadas de Violencia Doméstica de los distintos Centros Judiciales. (o) Programa – Significa el Programa de Prevención y Seguridad para las Víctimas de Violencia de Género. (p) Red de Cooperación – Significa la alianza o alianzas que en virtud de esta legislación realicen la Policía de Puerto Rico, la Policía Municipal y el Poder Judicial. Rev. 15 de abril de 2024 www.ogp.pr.gov Página 3 de 7 “Ley del Programa de Prevención y Seguridad para las Víctimas de Violencia de Género” [Ley 3-2022]