Ley 40-2011 sec. 5

Sección 5. Conflicto de Interés

Year: 2011Length: 162 wordsOfficial source
De traerse ante la consideración de la Junta un asunto en el cual un fiduciario tenga interés personal o a través de una relación familiar o de negocios, un interés pecuniario directo o indirecto, incluyendo, pero sin limitarse a, decisiones de la Junta relacionadas con la inversión de aquellos activos que forman parte de los fondos del Fideicomiso, en cualquier obligación o depósito propietario en un banco, corporación, sociedad o cualquier otra persona en la que dicho fiduciario Rev. 15 de abril de 2024 www.ogp.pr.gov Página 10 de 12 “Ley de Patronato del Capitolio Estatal de la Asamblea Legislativa” [Ley 40-2011] tenga tal interés pecuniario, éste deberá entonces señalar, para efectos del récord, que posee dicho interés pecuniario y no podrá votar o participar de forma alguna en dicho asun to. Nada de lo anterior deberá interpretarse como una limitación en la participación o votación de un fiduciario en asuntos relacionados con las normas generales de inversión del Fondo Permanente del Fideicomiso.
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