Ley 3-2022 art. 13

Artículo 13.

Last amended: 2022Year: 2022Length: 75 wordsOfficial source
Luego de la aprobación de esta Ley, y a partir del informe que debe rendir el Comisionado en noventa (90) días, el Comisionado de la Policía tendrá el término de un año para presentar ante la Asamblea Legislativa un informe sobre los resultados, logros, hallazgos, aciertos y desaciertos tras la implantación del programa, desglosando el mismo por región o municipios. Ese informe deberá incluir recomendaciones para ampliar o mejorar esta o cualquier otra legislación pertinente.
Ley 3-2022 art. 13: Artículo 13. | Justis AI