Ley 42-2017 art. 11

Artículo 11. Autorización de Recomendación por Médicos

Last amended: 2017Year: 2017Length: 67 wordsOfficial source
El médico autorizado que recomiende el uso del cannabis medicinal a un paciente deberá sostener una relación médico-paciente bona fide, según dispuesto en esta Ley. La extensión del tiempo de la recomendación podrá ser la establecida por la Junta, tomando en consideración las recomendaciones del Cuerpo Asesor Médico para cada condición. El médico autorizado deberá informar al paciente sobre los riesgos y los beneficios del cannabis medicinal.
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