Ley 47-2009 art. 1

Artículo 1.

Last amended: 2009Year: 2009Length: 47 wordsOfficial source
Será política pública del Gobierno de Puerto Rico la adopción de medios electrónicos para el pago de derechos y cargos en el Tribunal General de Justicia. A esos efectos, la Oficina de Administración de los Tribunales adoptará un plan encaminado al establecimiento de tales mecanismos de pago.
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