Ley 511-2004 art. 5
Artículo 5. Informe anual [18 L.P.R.A
§ 1204f Inciso (c)] Será responsabilidad del Instituto de Cultura Puertorriqueña el velar por que los fondos asignados al Fondo Rotativo Especial sean utilizados para los propósitos establecidos en esta Ley. El Instituto de Cultura Puertorriqueña rendirá anualmente un informe a la Asamblea Legislativa y al(la) Gobernador(a) sobre todo lo relacionado a la utilización de los fondos aquí asignados y la labor llevada a cabo en el referido complejo teatral.