Ley 52-1963 sec. 1

Sección 1.

Year: 1963Length: 59 wordsOfficial source
Cualquier persona natural o jurídica que vendiere u ofreciere para la venta en Puerto Rico terrenos localizados fuera de Puerto Rico, deberá, antes de ello, cumplir con todas las leyes, reglamentos y órdenes del país o estado de los Estados Unidos donde estuvieren localizados dichos terrenos y relacionados con la venta u ofrecimiento para la venta de bienes raíces.
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