Ley 4-2010 art. 21

Artículo 21. Reglamentación

Last amended: 2010Year: 2010Length: 57 wordsOfficial source
(3A L.P.R.A. Ap. XV, Art. 21) La Administración está facultada para, a tenor con las disposiciones de la Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme y previa aprobación del Secretario, adoptar, enmendar y derogar aquellos reglamentos que sean necesarios, apropiados o convenientes para el descargue de los deberes y facultades que este Plan o las leyes aplicables le imponen.
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