Ley 51-2020 art. 4.5

Artículo 4.5. Campaña de Educación

Last amended: 2020Year: 2020Length: 152 wordsOfficial source
(a) La campaña de educación masiva a los electores sobre el plebiscito deberá realizarse rigurosamente de manera objetiva y no partidista. (b) La campaña educativa deberá considerar orientación sobre: i. La presentación en los medios de comunicación masiva de la papeleta modelo de votación, la orientación sobre su contenido y las maneras de votar válidamente. Esta presentación masiva en los medios mencionados deberá comenzar no más tarde del 1 de julio de 2020 y repetirse con la mayor intensidad posible hasta el día antes del plebiscito. ii. Las consecuencias electorales y jurídicas de no votar válidamente. iii. Las fechas límites para que los electores puedan inscribirse en el Registro General de Electores, actualizar sus datos en este; y para solicitar Voto Ausente y Voto Adelantado. (c) Para esta campaña educativa, la Comisión utilizará todos los medios de comunicación y técnicas de difusión pública a su alcance, incluyendo medios electrónicos. CAPÍTULO V VOTACIÓN
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