Ley 52-2019 art. 7

Artículo 7. Penalidades

Last amended: 2019Year: 2019Length: 42 wordsOfficial source
Aquellas personas jurídicas o naturales que incumplan con lo establecido en la presente Ley o los reglamentos que se publiquen en virtud de la misma podrán ser multadas por el Departamento de Asuntos del Consumidor por diez mil (10,000) dólares por infracción.
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