Ley 54-2023 art. 3

Artículo 3. Reglamentación

Last amended: 2023Year: 2023Length: 221 wordsOfficial source
El Secretario(a) del Departamento promulgará la reglamentación necesaria para viabilizar lo establecido por esta ley. Dentro de la normativa reglamentaria deberá incluir lo siguiente: a) Los requisitos de horas de trabajo y calendario del Internado; b) Código de Conducta de los(las) internos(as); c) El Departamento divulgará la fecha estipulada la convocatoria y reclutamiento del Internado; d) El Internado Deportivo José “Fufi” Santori Coll tendrá una duración de uno (1) o dos (2) términos académicos a ser determinado por el(la) Secretario(a) junto a la institución universitaria conforme la necesidad y el alcance del internado; e) El Departamento especificará las instalaciones en los que se distribuirán los(las) internos(as) para la ejecución de las labores, tomando en consideración el lugar de residencia u hospedaje de los(las) internos(as). Se utilizarán como instalaciones, entre otras, la Oficina de Alto Rendimiento, Oficina del Secretario(a), Instituto Puertorriqueño para el Desarrollo del Deporte y la Recreación de Atletas, Comisión de Seguridad, Comisión de Deportes Profesionales y demás oficinas administrativas. f) El Departamento en acuerdo con las instituciones universitarias participantes del Internado Deportivo José “Fufi” Santori Coll determinarán la cantidad de estudiantes a ser elegidos, la duración del internado, pasantía o experiencia de investigación, el número de horas a cumplir semanalmente, si el horario será establecido o flexible y si la modalidad de la labor será presencial, remota o híbrida.
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