Ley 64-2001 art. 1
Artículo 1.
Disponer que el Instituto de Cultura Puertorriqueña identifique las estructuras enclavadas en la zona urbana del Municipio de Naranjito, que daten de años anteriores al 1920 y que por sus características arquitectónicas, históricas, artísticas y culturales, ameriten ser preservadas como legado histórico para futuras generaciones.