Ley 64-2021 art. 12

Artículo 12. Personal y Composición Administrativa de la Oficina de Protección y Defensa

Year: 2021Length: 58 wordsOfficial source
El personal de la Oficina consistirá de un Director Ejecutivo con una composición administrativa, de conformidad con los requerimientos de ley y de la reglamentación aplicable emitida por las entidades gubernamentales del Gobierno Federal de los Estados Unidos de América que administran fondos otorgados a los Sistemas para la Protección y la Defensa de las Personas con Impedimentos.
Ley 64-2021 art. 12: Artículo 12. Personal y Composición Administrativa de la Oficina de Protección y Defensa | Justis AI