Ley 60-1963 art. 103
Artículo 103. (Manipulación del Mercado)
Será ilegal que cualquier persona, directa o indirectamente: (a) con el propósito de crear una apariencia falsa o engañosa de negociación activa de un valor, o una impresión falsa o engañosa con respecto a la existencia de un mercado para determinado valor: (1) efectúe cualquier transacción en el valor que no envuelva cambio en el dueño que tenga título de propiedad del mismo; o (2) entre cualquier orden u órdenes para la compra o venta de un valor con el conocimiento de que la orden o las órdenes son sustancialmente del mismo tamaño, o sustancialmente al mismo tiempo y sustancialmente el mismo precio para la venta o compra del valor, y han sido o serán realizada por, o para la misma persona, o para alguna otra persona afiliada a ésta; (b) efectúe, solo o con una o más personas, una serie de transacciones en cualquier valor, creando una negociación activa, actual o aparente en dicho valor para aumentar o disminuir su precio, con el propósito de inducir la compra o venta de tal valor por otros. PARTE II INSCRIPCIÓN DE CORREDORES-TRAFICANTES, AGENTES Y ASESORES DE INVERSIONES