Ley 66-2003 art. 3

Artículo 3. Junta Organizadora de la Biblioteca Virtual del Estado Libre Asociado de Puerto Rico

Year: 2003Length: 116 wordsOfficial source
Se crea la Junta Organizadora de la Biblioteca Virtual del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, la cual estará integrada por siete (7) miembros, a saber: el(la) Director(a) de la Oficina de Servicios Legislativos de Puerto Rico; el(la) Presidente(a) de la Universidad de Puerto Rico; el(la) Secretario(a) del Departamento de Educación; el(la) Director(a) del Instituto de Cultura Puertorriqueña; el(la) Director(a) Ejecutivo(a) de la Oficina de Gerencia y Presupuesto del Estado Libre Asociado de Puerto Rico; el(la) Presidente(a) de la Sociedad de Bibliotecarios de Puerto Rico y el Presidente(a) de la Asociación Puertorriqueña de Universidades Privadas de Puerto Rico. Los trabajos de la Junta Organizadora serán coordinados por el(la) Director(a) de la Oficina de Gerencia y Presupuesto.
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