Ley 66-2003 art. 4
Artículo 4. Término de Vigencia de la Junta Organizadora
La Junta Organizadora permanecerá en funciones durante un año, término dentro del cual deberá realizar los deberes y funciones que se le asignan, o hasta que la agencia u organismo que deba asumir jurisdicción definitiva sobre la Biblioteca Virtual tome sus riendas en virtud de la correspondiente determinación legislativa.