Ley 77-1957 art. 4.040

Artículo 4.040. Seguro de propiedad, definición

Last amended: 1957Year: 1957Length: 81 wordsOfficial source
Seguro de propiedad. — Es el seguro de toda clase de bienes raíces o muebles, e interés sobre los mismos, contra pérdida o daños por cualquier riesgo o causa, y contra pérdida como consecuencia de tales pérdidas o daños, que no sea una responsabilidad legal no contractual por tales pérdidas o daños. Seguro de propiedad también incluirá seguros misceláneos, según se definen en el Artículo 4.080 (12), con excepción de protección de seguro de responsabilidad que pueda incluirse en la misma.
Ley 77-1957 art. 4.040: Artículo 4.040. Seguro de propiedad, definición | Justis AI