Ley 81-2019 art. 7.2

Artículo 7.2. Disposición sobre empleados

Last amended: 2019Year: 2019Length: 177 wordsOfficial source
Las disposiciones de esta Ley no podrán ser utilizadas como fundamento para el despido de ningún empleado con un puesto regular. El personal que componen las entidades y divisiones que pasarán a ser partes de la Comisión será asignado de conformidad con los estatutos, reglamentos y normas administrativas aplicables a los mismos. De igual forma, todo reglamento y transacción de personal deberá cumplir con lo establecido en la Ley 8-2017, según enmendada, conocida como “Ley para la Administración y Transformación de los Recursos Humanos en el Gobierno de Puerto Rico”. Los empleados que sean transferidos a otras áreas o entidades, conservarán todos los derechos adquiridos conforme a las leyes, normas, convenios colectivos y reglamentos que les sean aplicables, así como los privilegios, obligaciones y estatus respecto a cualquier sistema existente de pensión, retiro o fondo de ahorro y préstamo establecidos por ley, a los cuales estuvieren acogidos antes de la aprobación de esta Ley y que sean compatibles con lo dispuesto en la Ley 26- 2017, según enmendada, conocida como “Ley de Cumplimiento con el Plan Fiscal”.
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