Ley 85-2018 art. 2.05
Artículo 2.05. Escuelas Municipales
Las escuelas creadas por un municipio al amparo de la Ley 81-1991, según enmendada, conocida como “Ley de Municipios Autónomos del Estado Libre Asociado de Puerto Rico”, [Nota: Derogada y sustituida por la Ley 107-2020, “Código Municipal de Puerto Rico”] tendrán su propio ordenamiento. Este consistirá de un Código de Educación aprobado por la Legislatura Municipal y las normas sobre organización y funcionamiento de las escuelas, pautadas por la Junta que ejerza el gobierno del sistema de educación municipal. Las escuelas municipales están fuera del ámbito jurisdiccional del Departamento y su Secretario. No obstante, los municipios podrán participar bajo el modelo de Escuelas Públicas Alianza.