Ley 97-2015 art. 16

Artículo 16.

Year: 2015Length: 94 wordsOfficial source
A partir de la publicación de los estados financieros del Estado Libre Asociado de Puerto Rico (“CAFR” por sus siglas en inglés) para el año fiscal 2013-2014, y luego de la publicación del CAFR en años subsiguientes, será deber ministerial del Secretario de Hacienda comparecer anualmente a una vista pública conjunta de las Comisiones de Hacienda de la Cámara de Representantes y del Senado de Puerto Rico para presentar un resumen de los resultados de dichos estados financieros, en un período no mayor de diez (10) días laborables, contados a partir de su publicación.
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