Cód. Mun. P.R. art. 2.115

Artículo 2.115. Certificación de Membresía Tanto la Federación de Alcaldes como la Asociación de Alcaldes, así como la Federación de Legisladores Municipales y la Asociación de Legisladores Municipales, deberá

Last amended: 2020Year: 2020Length: 60 wordsOfficial source
n someter a la Oficina de Gerencia y Presupuesto, durante el mes de octubre de cada año, una certificación de los municipios que son miembros de estas entidades. De no emitirse nuevas certificaciones de membresía se entenderá que prevalece la certificación inmediatamente anterior. La distribución a estas entidades se hará tomando en consideración la fórmula contenida en la Ley 134-2011.
Cód. Mun. P.R. art. 2.115: Artículo 2.115. Certificación de Membresía Tanto la Federación de Alcaldes como la Asociación de Alcaldes, así como la Federación de Legisladores Municipales y la Asociación de Legisladores Municipales, deberá | Justis AI