Cód. Mun. P.R. art. 3.059

Artículo 3.059. Facultad del Secretario del Departamento de Recreación y Deportes

Last amended: 2020Year: 2020Length: 57 wordsOfficial source
El Secretario del Departamento de Recreación y Deportes tendrá la facultad de traspasar gratuitamente a los municipios el título sobre el dominio de las propiedades patrimoniales comunitarias, propiedad del Departamento de Recreación y Deportes. Este traspaso se realizará conforme al procedimiento y las condiciones establecidas en este Capítulo, sujeto a la aceptación de los municipios mediante Ordenanza.
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