Cód. Pen. P.R. art. 21

Artículo 21. Formas de culpabilidad: Requisito general del elemento subjetivo

Last amended: 2012Year: 2012Length: 52 wordsOfficial source
(a) Una persona solamente puede ser sancionada penalmente si actuó a propósito, con conocimiento, temerariamente o negligentemente con relación a un resultado o circunstancia prohibida por ley. (b) El elemento subjetivo del delito se manifiesta por las circunstancias relacionadas con el hecho, la capacidad mental, las manifestaciones y conducta de la persona.
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